Por Sandra Soutto.
Desde
hace unas décadas, estados fiscalmente soberanos, obligados por la
liberalización de las transacciones comerciales y de los flujos de
capital entre los distintos estados, utilizan la normativa fiscal
para atraer inversores e incrementar la actividad económica dentro
de sus fronteras, a costa de sus vecinos, claro está. Esto
es lo que se conoce por
competencia fiscal perjudicial,
una práctica
que lleva al deterioro de sus
economías y sistemas tributarios. Sistema que
ha colonizado la UE acelerando
la desregulación fiscal.
La UE viene desarrollando un modelo basado en la economía de mercado, bajo el principio de la libertad de concurrencia, y cuyo fin es alcanzar la óptima localización de los recursos económicos, de manera que éstos se sitúen allí donde puedan obtener el mayor beneficio económico. Además, al no disponer de una normativa fiscal armonizada, cada estado miembro tiene la suya propia, lo que ha llevado a la Comisión a adoptar medidas de coordinación fiscal como las recomendaciones, los dictámenes, las comunicaciones o los códigos de conducta. Es el llamado soft law, o normas de derecho blando. Un ejemplo de ello son las medidas adoptadas para suprimir la retención fiscal en pagos transfronterizos de intereses y cánones entre empresas (Directiva 2003/49/CE del Consejo).
La UE viene desarrollando un modelo basado en la economía de mercado, bajo el principio de la libertad de concurrencia, y cuyo fin es alcanzar la óptima localización de los recursos económicos, de manera que éstos se sitúen allí donde puedan obtener el mayor beneficio económico. Además, al no disponer de una normativa fiscal armonizada, cada estado miembro tiene la suya propia, lo que ha llevado a la Comisión a adoptar medidas de coordinación fiscal como las recomendaciones, los dictámenes, las comunicaciones o los códigos de conducta. Es el llamado soft law, o normas de derecho blando. Un ejemplo de ello son las medidas adoptadas para suprimir la retención fiscal en pagos transfronterizos de intereses y cánones entre empresas (Directiva 2003/49/CE del Consejo).
¿Cómo
se lleva a cabo la Competencia
Fiscal perjudicial?
Esta
competencia se realiza mediante el uso de determinados instrumentos,
a través de los cuales se otorgan importantes ventajas fiscales a
los inversores extranjeros, como por ejemplo:
-
DTA (Deterred Tax Agreements). Activos por impuestos diferidos que permiten a determinadas empresas reducir la carga fiscal en el ejercicio en el que se declaran e incluso en ejercicios futuros. Es decir, se trata de una deuda futura de la Administración con estos inversores que condiciona seriamente la capacidad recaudatoria del Estado. (1)
- Tax Rulings (decisión fiscal anticipada). Mediante las cuales, las multinacionales negocian previamente con los estados las condiciones de su tributación, es decir, pactan su fiscalidad.
-
Patent box. Constituye un incentivo fiscal sobre la cesión de los activos intangibles como las patentes, dibujos, modelos, planos, fórmulas,...(2)
-
Reducciones sobre las bases imponibles (valor de la propiedad, de activos y actividades sujetas a impuestos). En España es importante destacar la gran diferencia que existe entre el tipo real del impuesto de Sociedades (30% en el 2013) que graba los beneficios contables de las sociedades, y el tipo efectivo, que según la AEAT pagaron las grandes empresas en el 2013 (5,3%). (AEAT: Informe Recaudación 2013). (3)
-
Uso de paraísos fiscales. Son territorios con escasa o nula tributación, con grandes ventajas fiscales para los no residentes que no tienen necesidad de justificar actividad, sin convenios de colaboración con otros estados en materia tributaria, y con un marco legal que permite mantener en secreto la identidad de los propietarios de los activos. En la UE tenemos algunos: Holanda, Luxemburgo, algunos territorios del Reino Unido, Chipre …
Además, los paraísos fiscales permiten un juego de ida y vuelta con las inversiones para aprovechar las distintas ventajas fiscales, esto se denomina operación circular. España ha invertido en paraísos fiscales el 24% de la inversión total exterior, y de ésta un 12,4% es inversión circular, así España es el segundo inversor extranjero en España (Informe de Oxfam Intermón, nº 36 de marzo 2015). - Dumping fiscal. Se trata de ventajas fiscales que ofrecen algunos estados, como Irlanda y Luxemburgo, para que las multinacionales inversoras instalen sus filiales o facturen desde ese Estado los ingresos generados en otros estados. Como es el caso de Apple o Google que tienen instaladas sus filiales en Dublín, desde donde facturan los servicios prestados en España.
-
La disimulación legal de las rentas de capital que el sistema fiscal belga otorga a los contribuyentes más ricos, a través de una retención sobre los intereses y dividendos pagados que exime al titular de todo impuesto posterior sobre los mismos -es la desaparición de las rentas de capital-, o de la exención de la que gozan las ganancias obtenidas de la venta de acciones, o de la reclasificación de las rentas del trabajo, intereses y dividendos en ganancias de capital no gravables, sólo al alcance de los más ricos que pueden pagar las engordadas facturas de los asesores. (4)
¿Cuáles
son los efectos de la Competencia
Fiscal perjudicial?.
Todos
estos artilugios de ingeniería fiscal no hacen más que reducir la
recaudación por impuestos, y
en España, contrariamente a lo esperado, no ha redundado en la
creación de empleo ni en la reactivación de la actividad económica,
según se puede comprobar en la
encuesta de población activa (5),
aunque
la tasa de paro durante el
primer trimestre de este año se situó en el 23,78%,
la tasa de actividad bajó al
59,45%. Es decir, por
mucho que se le bajen los impuestos a
los ricos, los
ricos no crean empleo
(6).
En
el ya referido informe de Oxfam-Intermon, “La ilusión fiscal”,
se estima que cada año los países en desarrollo pierden unos
100.000 millones de dólares de recaudación fiscal como consecuencia
de los abusos fiscales de las multinacionales, tanto por evasión
como por elusión fiscal, y también por incentivos fiscales como el
tax ruling concedido
a algunas multinacionales inversoras. Mientras que la UE pierde por este mismo
concepto 1 billón de euros, lo que supone el doble del gasto público
en salud de su población.
Otro informe, del Panel
de Alto Nivel sobre los Flujos Financiero Ilicito desde
África (7), sostiene que se pierden más
recursos con éstas prácticas de las multinacionales inversoras que con las
actividades criminales y la corrupción.
En
el caso de España
el
fraude le impide recaudar cerca
de 60.000 millones de euros,
según el sindicato de Técnicos
de Hacienda (GESTHA) -y
eso que no se han tenido en
cuenta las cuotas no ingresadas
a la Seguridad Social-
(8),
lo que equivale al gasto
público en sanidad del 2014,
más o menos,
y casi
el doble del gasto en
educación. (9).
Por
tanto, esta competencia fiscal entre estados para atraer inversores provoca:
-
Disminución de la recaudación fiscal debido a una menor presión fiscal sobre las rentas generadas en dichas inversiones.
-
Pérdida de justicia tributaria al desplazar la carga impositiva sobre las rentas del trabajo, mientras se liberan las rentas obtenidas de las actividades empresariales generada por los inversores, y las obtenidas del capital mobiliario.
-
Deterioro de la neutralidad fiscal, ya que los beneficios otorgados a los grandes inversores conllevan una ineficiente localización de los factores de producción, desprotección laboral y graves perjuicios al medio ambiente.
- Deterioro de los procesos
democráticos en cada Estado, ya que son los inversores los que
acaban por definir las normas tributarias de cada país,
sustituyendo la normativa nacional, regional y local por meros
acuerdos sin exigibilidad jurídica (soft law).
Conclusiones.
Efectivamente,
mientras el gobierno español, bajo las directrices de la Troika,
ejecuta políticas de austeridad, recortando salarios y destruyendo
nuestro Estado de Bienestar, las multinacionales se apropian de los
presupuestos públicos y eluden sus responsabilidades fiscales y
sociales, gracias a una armonización normativa encaminada a eliminar
barreras fiscales, burocráticas y normativas
que, de
alguna manera puedan constituir
un obstáculo a la obtención
de los beneficios que ellas esperan, así como también pueden
desanimar la inversion extranjera.
Pero el precio que pagamos para conseguir
esta inversion es la
precarización laboral provocada por unos salarios cada vez más
bajos, la
pérdida
de los derechos consolidados en materia de salud laboral, el aumento
de las emisiones de CO2
provocado por el notable incremento del tráfico comercial al
trasladar los factores productivos y al gestionar la distribución de
los productos resultantes, entre
otros.
En
realidad, con la competencia fiscal entre estados se están desviando
recursos desde la ciudadanía a las multinacionales, desde
los pobres a los ricos.
Desviación o transferencia que
deja, en España unos
12 millones de personas en riesgo de pobreza y exclusión social
(10). Prueba de ello es que, la reducción de la recaudación es más importante en el impuesto sobre los beneficios de las
sociedades (56,3% entre el 2007 y el
2014, unos 25,234 millones perdidos en el 2014), que en cualquiera de los otros impuestos que conforman el sitema tributario español, como se puede
apreciar en el cuadro que se ilustra a continuación, elaborado por
Carlos Cruzado, presidente de Gestha, que analiza la variación que ha
sufrido la recaudación en España desde el 2007 al 2014 según tipo
de impuestos.
Por
otra parte, los aranceles
aduaneros
que
graban las importaciones
de
mercancías
(lista
de tarifas),
importantes
no sólo por su efecto recaudatorio sino también, como
instrumento de política comercial, ya
que permiten
proteger la actividad económica local y regional, también
se
han ido reduciendo, primero al integrarse España en la UE, buscando
la libre circulación de capitales y mercancías,
y
luego, dependiendo de los sectores y estados o regiones para
conseguir una mayor actividad económica y
un crecimiento del empleo.
En
las últimas décadas hicieron
su aparición los
llamados acuerdos de libre comercio e inversiones entre
estados
(11),
que
además de buscar una reducción arancelaria persiguen la eliminación
de barreras administrativas
y legales para
proteger a los inversores extranjeros.
Así,
en los últimos 6 años los aranceles agrícolas de UE respecto de
EEUU han pasado del 19,1% al 12,8% (12). Pero
esta reducción no parece suficientes para las multinacionales que actualmente
promueven
las
negociaciones
de tratados comerciales y de inversión como
el TTIP o el TiSA, cuyo objetivo es obtener grandes beneficios con costes mínimos, a través de la desregulación de los mercados.
Cómo
hemos de entender la aplicación de políticas que sumen en la
miseria a la población por falta de recursos monetarios, dicen los
gobernantes..., mientras otorgan a las multinacionales grandes
rebajas fiscales y arancelarias, y el poder de supervisar las normas que los electos
dictan para proteger a la ciudadanía.
Nos
quieren convencer de que la nueva generación de tratados de comercio
e inversión que se negocian actualmente en el mundo nos traerá más
empleo y bienestar, cuando no es más que otra rebaja fiscal y un
trasvase de poder hacia las multinacionales. No es más que otra
transferencia de recursos de las clases medias y bajas a los ricos,
como se puede comprobar después de 20 años del NAFTA (acuerdo de
comercio e inversiones entre México, EEUU y Canadá), a causa del
cual en México ha aumentado el desempleo y la miseria, y ha acabado imperando la corrupción
y el crimen organizado.
Esta
claro que el propósito de nuestro sistema fiscal no es la obtención
de recursos monetarios, ya que una y otra vez, las modificaciones
fiscales se traducen en una reducción de la recaudación impositiva.
Por qué entonces, nos someten a políticas de austeridad recortando
salarios y gasto público, esgrimiendo la necesidad de recursos,
cuando se ha renunciado a la emisión de moneda (al entrar en el
euro), y a la recaudación de impuestos a los que más tienen y
ganan.
¿Entonces
cuál es el propósito que le dan nuestros gobernantes a los
impuestos?
-
Controlar los precios y la demanda para estabilizar el poder de compra de la moneda, para así atraer las inversiones de las multinacionales, a riesgo de la desaparición de la pequeña y mediana empresa.
-
Distribuir la Riqueza, ahora en contra de los principios constitucionales, favoreciendo a los que más tienen, desprotegiendo la actividad local y regional con la reducción de aranceles, que no hacen más que aumentar la desigualdad y la pobreza.
-
Distribuir rentas entre los factores de producción, capital y trabajo, con total falta de equidad, ya que la presión fiscal recae sobre las rentas del trabajo y exime al capital a pesar de que éste no crea empleo.
-
Sufragar algún gasto imprescindible para el mantenimiento del Estado y sus instituciones.
-
Modificar la estructura productiva y social del país, acrecentando las desiguadades entre los más ricos y el resto de la población.
En
definitiva este sistema tributario no es justo, no es progresivo ni
reparte con equidad la carga fiscal ni garantiza la igualdad de
derechos. Este sistema tributario es un fiasco, porque aumenta la
desigualdad, la precarización, la pobreza, y no permite obtener los
recursos necesarios para la satisfacción de las necesidades de la
población. No existe mejor momento que éste para abandonar la competencia fiscal
perjudicial y los tratados de libre comercio e inversiones, no otorgar más privilegios a las grandes empresas
(inversores), para exigirles transparencia y responsabilidad por los
perjuicios causados a la ciudadanía en el desempeño de sus actividades.
___________________________________________________
NOTAS:
(1) Estos
activos nacieron durante la crisis
para compensar a los Bancos
que compraban otros bancos o cajas, bajo
supervisión de la Comisión que avaló la operación y
no consideró que estos activos podían constituir una
ayuda pública a la banca.
Rescate o ayuda, o no, lo
cierto es que durante el 2013 estos activos alcanzaron la cifra de
89,531 millones de euros para las empresas del IBEX 35 (página 36
del informe de Oxfam Intermon: La Ilusión Fiscal).
(2) Surgió
en la UE con la finalidad de promover las inversiones en I+D+i en el
sector privado.
(3) En
la actualidad, después
de
la reforma fiscal, el tipo que graba los beneficios de las grandes
empresas en España ha sido rebajado en 5 puntos.
(4) Paraísos
fiscales, el modelo belga. Autor. Frédéric Panier. Ed. Le
Monde diplomatique
en español, número de agosto de 2012.
(6) Los ricos no crean empleo. David Hervás. http://attaccastello.blogspot.com.es/2014/01/los-ricos-no-crean-empleo.html
(7) Panel de Alto Nivel sobre los Flujos Financiero Ilicito desde
África / http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=28668
(8) El fraude en las grandes empresas triplica al de pymes y autónomos. http://www.ioncomunicacion.es/noticia.php?id=10723
(10) Dosier pobreza de EAPN España: http://www.eapn.es/ARCHIVO/documentos/dossier_pobreza.pdf /
INE: La población en riesgo de pobreza o exclusión social.:
"La población en riesgo de pobreza o exclusión social crece hasta el 29%" EL PAIS. 26 de mayo de 2015.
"La población en riesgo de pobreza o exclusión social crece hasta el 29%" EL PAIS. 26 de mayo de 2015.
(12) dato
extraído de informe TTIP_EX Borrado de derechos elaborado
por Ferran
García
y Javier Guzmán. VSF Justicia alimentaria Global: https://vsf.org.es/sites/default/files/docs/informe_tippex.pdf
________________________________________________________________________________
FUENTES:
FUENTES:
-
La Ilusion Fiscal. L. Informe de Oxfam Intermon Nº36, Marzo 2015. http://www.pensamientocritico.org/oxfam0315.pdf
-
Competencia fiscal perniciosa. Estado actual de la normativa española y el caso holandes. Carlos Serrano Palacio. Ignacio García Villalonga Ruíz. Agencia Estatal de la Administración Tributaria. http://www.ief.es/documentos/recursos/publicaciones/revistas/cuadernos_formacion/06_2008/Colab_34_08.pdf
- Impuestos ¿Para qué? http://attaccastello.blogspot.com.es/2015/01/impuestos-para-que.html
- Impuestos ¿Para qué? http://attaccastello.blogspot.com.es/2015/01/impuestos-para-que.html
- Informe anual de recaudación tributaria 2013. Agencia Estatal de la Administración Tributaria. http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Estudios/Estadisticas/Informes_Estadisticos/Informes_Anuales_de_Recaudacion_Tributaria/Ejercicio_2013/IART_13.pdf
ATTAC, asociación sin ánimo de lucro, denuncia que el pasado 5 de
noviembre fue publicada en el BOE la Ley 21/2014, de 4 de noviembre,
por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad
Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de
abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en
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