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9 de desembre del 2014

Consecuencias del TTIP sobre la Salud.



por  Sandra Soutto



La UE tiene la obligación legal de proteger la salud pública en todas sus políticas y actividades, incluida la legislación que regula el mercado interior europeo de bienes y servicios. “

Con esta frase la Comisión Europea manifiesta lo prioritario que es para los órganos europeos la protección de la salud pública y lo hace constar en su página web. (1) De acuerdo con la OMS (Organización Mundial de la Salud), los sistemas sanitarios de cada país deberá velar por la salud en los hogares, los lugares de trabajo, los lugares públicos, las comunidades, el medio ambiente físico y psicosocial, en el sector de la salud y en otros afines, y lo define de forma muy similar a la salud, en el preámbulo de su Constitución (2) dice:

«La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.»

Es decir, los sistemas sanitarios constituyen uno de los más importantes indicadores que nos permite analizar el estado de desarrollo de un país y el nivel del estado de bienestar que en el pueda existir. No debemos analizarlos de forma aislada ya que están estrechamente ligados al sistema fiscal, político y educativo, del país. No obstante, para la OMS estos sistemas han de mantener unos principios comunes a todos los países, que son:
  • Universalidad: dar cobertura a toda la población.
  • Equidad en la distribución de los recursos.
  • Coste eficiente: proporcionar el mayor nivel de salud al menor coste posible.
  • Mantener una atención integral: higiene y salud mental.
  • Prevención: asistencia primaria y terciaria para patologías agudas y crónicas.
  • Flexibilidad, para adaptarse a las necesidades de la población, y
  • Participación ciudadana en la planificación y gestión del sistema.

Veamos que nos dicen las estadísticas publicadas por la OCDE para el 2014 (3) sobre el porcentaje del PIB que ha dedicado cada país al gasto sanitario (público y privado).