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7 de maig del 2014

Y la montaña parió un ratón: un ITF devaluado y aplazado a 2016


 Campaña por un Impuesto a las Transacciones Financieras: ITF ¡YA! – Paraísos Fiscales ¡No!

www.itfya.org



Tras la declaración conjunta de los ministros de los Estados miembros que participan en una cooperación reforzada en el ámbito del impuesto sobre transacciones financieras, ITF.



Apenas una semana después de una importante victoria jurídica contra los detractores del ITF, al rechazar la Corte de Justicia Europea el recurso presentado por el gobierno británico contra la aplicación del impuesto sobre las transacciones financieras, los ministros de los 11 Estados que se han comprometido a aplicar el ITF nos anuncian una propuesta totalmente diluida y que tampoco entrará en vigor el año próximo.

Tras dos años de demoras y renuncias a un desarrollo efectivo de la Directiva de la CE para la implantación de impuesto sobre las transacciones financieras (ITF), en la reunión celebrada por el ECOFIN el 6 de mayo de 2014, los 11 Estados miembros que participan en la cooperación reforzada han acordado poner en marcha un proceso de implantación progresiva del ITF que deberá iniciar su andadura el 1 de enero de 2016.

2 de maig del 2014

A VUELTAS CON EL ITF



Sandra Soutto. (ATTAC-PV)
Economista.

Después del trasvase de millones de euros que el estado español hizo a la banca, mediante el rescate bancario, con la coartada de proteger a los ahorradores de la quiebra de los mismos, parece razonable pedir a las entidades bancarias que contribuyan al sostenimiento del erario público mediante un impuesto como el ITF (TTF). Sin embargo su aprobación se esta retrasando debido a la dificultad de llegar a un acuerdo entre los once estados que forman la cooperación reforzada (Bélgica, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Austria, Portugal, Eslovenia y Eslovaquia).

24 de setembre del 2013

ITF: Un impuesto imprescindible








ITF: Un impuesto imprescindible

Juan Torres López - Consejo Científico de ATTAC España

La puesta al día de los datos internacionales sobre transacciones financieras por el Banco Internacional de Pagos es una buena excusa para volver sobre los beneficios de los impuestos o tasas destinados a gravarlas. Pero en estas líneas me limitaré simplemente a poner de manifiesto la extraordinaria capacidad de captación de recursos que tiene este tipo de impuestos sobre las transferencias financieras (ITF), y no voy a entrar en el análisis de otras ventajas e inconvenientes que llevan aparejados. Establecerlos parecía hace unos años un sueño imposible, aunque algunos premios Nobel tan poco sospechosos de radicalismo como James Tobin lo hubieran defendido hace ya cincuenta años. Es cierto que hoy día solo unos pocos países han avanzado en la práctica en esa dirección, aunque eso ya es significativo, pero es sintomático también que la propuesta ya no la hagan solamente los movimientos sociales u organizaciones de izquierdas, sino incluso muchos gobiernos conservadores.


Los bancos y los grandes centros de poder financiero se oponen a ello tajantemente, difunden análisis que les achacan todo tipo de inconvenientes y hacen todo lo posible por abortar cualquier propuesta que se haga al respecto. Pero la implantación de impuestos sobre las transacciones financieras es cuestión de tiempo. Terminarán existiendo de modo generalizado y serán el inicio de una nueva era de relaciones y políticas financieras en el planeta.


30 de juny del 2013

NUEVA PROPUESTA DE DIRECTIVA SOBRE EL ITF



El próximo día 3 de julio los estados miembros de la Unión Europea discutirá la nueva propuesta de Directiva referente al Impuesto Sobre las Transacciones Financieras (ITF), que será sometido a votación el día 4 de julio 2013, pudiendo únicamente participar en la votación los países adheridos al procedimiento de cooperación reforzada, el cual permitirá la creación de este impuesto en los 11 países adheridos al mismo (Alemania, Austria, Bélgica, España, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Grecia, Italia y Portugal).La nueva versión de la Propuesta de Directiva, que sólo sera aplicable a los países adheridos al procedimiento, podrá sufrir modificaciones hasta su definitiva aprobación. La fecha prevista de su entrada en vigor es el 1 de Enero de 2014, debiendo los países involucrados tener aprobados los textos legales nacionales en trasposición de la Directiva antes del 30 de septiembre de 2013.Dicha Directiva gravará las transacciones financieras en las que:
1- al menos una parte de la operación esté establecida en alguno de los Estados miembros acogidos al procedimiento2- una de las entidades financieras intervinientes en la transacción este establecida en alguno de los Estados miembros adheridos, ya sea actuando por cuenta propia, en nombre propio pero por cuenta de terceros o en nombre de alguna de las partes intervinientes en la transacción.