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8 de febrer del 2018

La ofensiva globalizadora contra los servicios. TiSA

  

Escrito por Sandra Soutto.
Economista y Técnico de Hacienda.


A veces la realidad supera la ficción, y este es el caso del TiSA, conocido también por las siglas ACS, es el acuerdo sobre el comercio de servicios, otro de los tratados de “libre comercio” que negocia la Unión Europea (UE) a espaldas de la ciudadanía. 
  
Cuadro1: Tratados de libre comercio.  Elaboración propia.


Con este tratado, como ocurría con el TTIP (tratado transatlántico de comercio e inversiones entre UE y EEUU), y con el TPP (tratado transpacífico de comercio e inversiones), se pretende otorgar a las multinacionales derechos ilimitados. En este caso para suministrar servicios desde el exterior, de comercio electrónico, financieros, de telecomunicaciones y entregas postales, lo que exigiría limitar las facultades de los gobiernos a reglamentar, para impedir que las obligaciones y controles estatales puedan limitar la obtención de beneficios a las multinacionales. Es decir, el TiSA pondría a disposición de las multinacionales, herramientas jurídicas que le permitirían obtener compensaciones económicas millonarias. 
 Cuadro2: Tratados Desiguales.  Textos de elaboración propia

Pero esto no es nuevo, ya que la Organización Mundial del Comercio (en adelante OMC), en 1995 impulsó el Acuerdo General de Servicios (AGCS ó GATS) para mercantilizar servicios como la educación, la salud, el transporte, el acceso al agua y a la energía. Sin embargo, la oposición de los países pobres a mercantilizar actividades imprescindibles para la vida humana y la acción ciudadana han ralentizado las privatizaciones a nivel mundial, hasta que en el 2012 un grupo liderado por países ricos y poderosos, llamado “Really Good Friends of Services”, retomó las negociaciones para acelerar las privatizaciones, evitando así a los países pobres. 


¿Qué son y qué representan para nosotros los servicios?

20 de gener del 2018

Norma Internacional, Ley Nacional, Soberanía y Democracia



por Jacques Sapir

El original en francés del presente artículo será publicado durante el primer trimestre del año 2018 en el nº 14 de la Revue des Juristes de Sciences Po
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El comercio internacional ha asumido un papel cada vez mayor en las relaciones internacionales, decidiendo en gran medida el establecimiento de normas internacionales desde 1945. Se produjo un cambio importante cuando los Estados Unidos se negaron a ratificar la Carta de La Habana [1], que respetaba la soberanía de los Estados. Entonces, el comercio internacional fue regulado por el GATT y luego por la OMC. En este marco, se desarrolló una ideología basada en el trabajo de ciertos economistas y su función era presentar el comercio internacional, y por lo tanto el libre comercio, como un "bien público"[2]. Sin embargo, este trabajo fue cuestionado [3] desde el principio [4]. Esta ideología, y especialmente sus consecuencias institucionales, plantean problemas terribles a la democracia [5]. Además, no se aportaron pruebas que demostraran la eficacia del libre comercio para promover el desarrollo económico [6].


I. Del GATT a la OMC, de la OMC al CETA: una crónica de la expropiación de la soberanía

La sustitución del GATT por la OMC se decidió después de la Ronda Uruguay de 1986. El mandato otorgado a los negociadores fue revisar las principales áreas abarcadas por el GATT y orientarlas en un sentido más favorable al libre comercio. La OMC, que ahora cuenta con 153 países miembros, se fundamenta en acuerdos precedentes, pero los está consolidando con una serie de acuerdos nuevos. Sin embargo, la OMC ha encontrado sus límites con el fracaso de la "Ronda de Doha" [7]. Desde entonces se ha constatado la tendencia a desarrollar acuerdos económicos regionales (la UE o el TLCAN/NAFTA) y acuerdos de libre comercio entre estas zonas de integración como el abortado Tratado del Atlántico Norte (TTIP [8]) o el Tratado con Canadá (CETA) tienden a multiplicarse.

1.1. El principio de los acuerdos internacionales

Aunque la OMC ha establecido un mecanismo de votación para decidir sobre los acuerdos, en la práctica opera por consenso. Es preciso que ningún país se oponga a una medida para que se acuerde. Sin embargo, este método falló. De hecho, la "Ronda de Doha", que debía ampliar significativamente el alcance de las normas impuestas a los estados, fracasó claramente en julio de 2008 [9]. Las negociaciones fracasaron por el persistente desacuerdo entre los países ricos y pobres respecto de las subvenciones agrícolas y el acuerdo de propiedad intelectual (ADPIC/TRIPS) [10]. Este fracaso significó la pérdida por parte de la OMC del control de la agenda de sus negociaciones. Es por eso que hoy se trabaja principalmente con acuerdos entre zonas. No obstante, la OMC representa un paso fundamental en la construcción de normas desvinculadas de cualquier marco de soberanía nacional [11].

En efecto, la globalización es ante todo la de las empresas. La producción masiva implica la presencia en muchos mercados y las empresas multinacionales han presionado por una mayor flexibilidad de las regulaciones del comercio internacional. Sin embargo, una de las lecciones de estos últimos cuarenta años es la permanencia de las culturas técnicas nacionales, que también se acompañan por una permanencia de las culturas de gestión [12]. Algunas de estas diferencias se registran en el proceso histórico del desarrollo de las empresas desde finales del siglo XIX, y en la parte más o menos importante de la intervención del Estado, que siempre ha estado presente.

1.2. Los tratados de 2ª generación y las amenazas que contienen. 
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En este marco el CETA es un acuerdo de libre comercio llamado de 2ª generación [13]. Ataca las normas no arancelarias establecidas por algunos estados para protegerse. Así pues, prohíbe a los estados signatarios discriminar las fuentes de energía en función de sus emisiones de CO2 [14]. También introduce un mecanismo de protección de los inversores, llamado cláusula ICS/ISDS [15]. Desde este punto de vista, forma parte de una ola en la que se incluye también el TTIP [16], un tratado duramente criticado, y obviamente con razón [17]. Las cláusulas ISDS fueron rechazadas por Sudáfrica, India y Brasil. Y además, han sido denunciadas por los representantes del Congreso de los Estados Unidos en el marco del TTIP [18].
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Esta cláusula establece un tribunal de arbitraje que permite a los inversores demandar a un Estado si éste toma una decisión que compromete "las legítimas expectativas en términos de rentabilidad de la inversión", es decir, los beneficios futuros [19]. El número de casos tratados en esta cláusula aumenta regularmente [20]. Disuadirá a los gobiernos que quieran establecer normas de protección. Este procedimiento, que podría resultar muy costoso para los estados, tendrá un efecto disuasorio en el caso de una simple amenaza de pleito. En este sentido, recordemos que en 2011 Quebec retiró la prohibición de un componente de herbicida, del que se sospechaba que tenía efectos cancerígenos, comercializado por Dow Chemical, debido a que la empresa estaba decidida a llevar el asunto ante los tribunales [21]. Aquí hay una clara cesión de los Estados y la creación de unas normas dictadas al margen de cualquier control democrático que suponen el establecimiento de una nueva jerarquía de las normas [22].
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Las amenazas que plantea el CETA se relacionan con la salud pública, el medio ambiente [23] y... la soberanía. Por lo tanto, este tratado amenaza la democracia. Ratificado en el Parlamento Europeo el 15 de febrero de 2017, debe ser ratificado por los diferentes parlamentos nacionales. No obstante, se considera parcialmente aplicable incluso antes de su ratificación por los parlamentos nacionales [24]. El 21 de septiembre de 2017 se adoptó provisional y parcialmente el CETA, sobre la materia que es competencia exclusiva de la UE, excluyendo temporalmente la materia cuya competencia es compartida, y por tanto, necesita el voto de los Estados miembros de la UE. Pero aproximadamente el 90% de las disposiciones del acuerdo se aplicarán. Esto constituye una verdadera negación de la democracia política. Asimismo, si un país rechaza la ratificación del CETA, éste continuará aplicándose durante tres años. Es decir, todos los esfuerzos posibles se han realizado para garantizar que este tratado se redacte y aplique al margen de la voluntad de los pueblos. Lo que refleja el hecho de que la "globalización" es ahora una forma de apartar muchos problemas del campo de la política para ser tratados como problemas técnicos. Desde este punto de vista, la Unión Europea ha estado en connivencia con esta lógica.

30 de maig del 2017

Hemos reflexionado




"Hemos reflexionado y queremos que el CETA sea revisado" dijo hoy el alcalde de Vila-real, Josep Benlloch, durante la votación de la segunda moción que el grupo Compromís de Vila-real había presentado contra el CETA. 

 
El CETA es el acuerdo económico y de comercio global que Canadá y la UE estuvieron negociando con total opacidad desde el 2009 hasta septiembre de 2014, firmado el 30 de octubre de 2016 por los mandatarios de ambos bloque, después de conseguir salvar la oposición de Valonia, cuyo presidente Paul Magnette se opuso a que los tribunales públicos fueran sustituidos por arbitrajes internacionales privados para dirimir las controversias con inversores extranjeros, y defendió a los agricultores valones ante las amenazas de la agroindustria.


El Ayuntamiento de Vila-real, en el pleno del 29 de mayo ha solicitado la revisión del CETA y se ha declarado contrario al dicho tratado, con los votos a favor del PSPV-PSOE y de Compromís. Y además, ha hecho hincapié en la necesidad de encontrar un modelo económico y de comercio justo con las personas y el medio ambiente.

Mientras, el gobierno de Rajoy gestiona la ratificación de este tratado sin analizar si es o no compatible con la Constitución Española ni evaluar el impacto económico y social que la aplicación del CETA pueda tener en el Estado español. Reivindicaciones incluidas en la proposición que aprobó el pleno del Ayuntamiento de Castelló de la Plana el pasado jueves 25, también contra el CETA.





Hem reflexionat



"Hem reflexionat i volem que el CETA siga revisat" va dir avui l'alcalde de Vila-real, Josep Benlloch, durant la votació de la segona moció que el grup Compromís de Vila-real havia presentat contra el CETA. 


El CETA és l'acord econòmic i de comerç global que Canadà i la UE van estar negociant amb total opacitat des del 2009 fins a setembre de 2014, signat el 30 d'octubre de 2016 pels mandataris de tots dos bloc, després d'aconseguir salvar l'oposició de Valònia, el president de la qual Paul Magnette es va oposar al fet que els tribunals públics foren substituïts per arbitratges internacionals privats per a dirimir les controvèrsies amb inversors estrangers, i va defensar als agricultors valons davant les amenaces de l'agroindustria.


L'Ajuntament de Vila-real, en el ple del 29 de maig ha sol·licitat la revisió del CETA i s'ha declarat contrari a aquest tractat, amb els vots a favor del PSPV-PSOE i de Compromís. I a més ha posar l'accent en la necessitat de trobar un model econòmic i de comerç just amb les persones i el medi ambient.


Mentre el govern de Rajoy gestiona la ratificació d'aquest tractat sense analitzar si és o no compatible amb la Constitució Espanyola ni avaluar l'impacte econòmic i social que l'aplicació del CETA puga tenir en l'Estat espanyol. Reivindicacions incloses en la proposició que va aprovar el ple de l'Ajuntament de Castelló de la Plana dijous passat , també contra el CETA.







11 de maig del 2017

TTIP - CETA: El poder popular preval sobre les élites polítiques!



El Tribunal de Justícia de la Unió Europea anul·la la decisió arbitrària de la Comissió Europea de no registrar la Iniciativa Ciutadana Europea "Stop TTIP/CETA" de la qual es van arreplegar més de 3 milions de signatures.
Al setembre de 2014, la Comissió Europea va denegar el registre de la Iniciativa Ciutadana Europea "Stop TTIP/CETA". Avui, el Tribunal General de la Unió Europea va dictaminar que la denegació mancava de fonament jurídic.
"La negativa de la Comissió Europea a registrar la Iniciativa Ciutadana Europea va ser arbitrària i il·legal, responent als interessos antidemocràtics de les elits europees. No estaven disposades a escoltar les veus de la ciutadania que ha estat manifestant-se durant anys contra les seues polítiques neoliberals, tals com els tractats de comerç i inversió TTIP i CETA. Saludem la decisió d'avui, ja que honora la lluita social de milers d'activistes en els països de la UE", assenyala la campanya estatal “No al TTIP, CETA i TiSA”.
Després de la negativa de la Comissió Europea, centenars d'organitzacions socials, sindicals, ecologistes i polítiques van llançar la campanya "Stop TTIP/CETA" amb un format d'una Iniciativa de Ciutadania Europea auto-organitzada. En el termini d'un any es van recol·lectar 3,5 milions de signatures contra el TTIP i el CETA en tota la Unió Europea, al mateix temps que es van aconseguir els quòrums obligatoris en 23 Estats membres (segons el dret comunitari només 7 són necessaris).
Després de la sentència d'avui, en la qual el Tribunal de Justícia de la Unió Europea planteja dubtes sobre l'actuació “sense fonament jurídic” de la Comissió Europea, els 3,5 milions de ciutadans de la UE mereixen una audiència en el Parlament Europeu.
Mentrestant, el tractat neoliberal entre la Unió Europea i Canadà (CETA) ha sigut ratificat pel Consell Europeu i el Parlament Europeu.
“A la Comissió Europea no s li hauria de permetre detenir tan fàcilment les iniciatives ciutadanes, especialment tenint en compte que es tracta de la participació pública en la presa de decisions", comenta la campanya estatal “No al TTIP, CETA i TiSA”.
Ara, que el tractat UE-Canadà està en tràmit parlamentari al Congrés dels Diputats, sense que el Govern informe sobre les conseqüències del tractat, la campanya estatal “No al TTIP, CETA i TiSA” espera que aquesta decisió faça reflexionar als grups parlamentaris que intenten impedir qualsevol control parlamentari i debat públic sobre les conseqüències de les polítiques comercials.

Decisió del Tribunal: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2017-05/cp170049es.pdf

8 de gener del 2017

Una economía local, justa y sostenible debe decir NO al CETA.





DÍA EUROPEO DE ACCIONES DESCENTRALIZADAS CONTRA EL CETA


El tratado económico y comercial entre la Unión Europea y Canadá, (CETA por sus siglas en inglés), se encuentra en la fase final de su proceso de ratificación, ya que el próximo 24 de enero, antes de la ratificación en el Parlamento Europeo, la Comisión de Comercio Internacional (INTA) decidirá sobre el CETA. Por ello, y con la finalidad de incidir sobre dichas votaciones las campañas europeas NO al TTIP, CETA, TiSA, entre ellas No al TTIP-Comarques de Castelló, convocan movilizaciones para este 21 de enero de 2017.

Durante la primera quincena de febrero, el tratado deberá ser ratificado por el pleno del Parlamento Europeo mediante una votación de sí o no a la totalidad del texto, no caben enmiendas. Si se ratifica, el 90% del mismo se podrá aplicar de forma provisional antes de que lo ratifiquen los distintos parlamentos nacionales y regionales. 

Sin embargo, el CETA es cuestionado por amplios sectores de la sociedad civil a ambos lados del Atlántico, al no ofrecer garantías reales sobre los derechos humanos y la protección del medio ambiente. Algunos de los motivos son:
  • El modelo económico basado en energías fósiles y sucias que impone el CETA hará imposible cumplir con los acuerdos adoptados en la lucha contra el cambio climático.
  • El CETA no protege los derechos laborales, ni la salud, ni la seguridad ni el desarrollo sostenible, pero es ejecutivo a la hora de proteger al inversor, al que no le reconoce ninguna obligación.
  • El CETA no permitirá implementar políticas que reduzcan las desigualdades, ya que limita seriamente la capacidad de los gobiernos estatales, regionales y locales para crear, expandir y regular los servicios públicos, incluso para revertir liberalizaciones y privatizaciones fracasadas.
  • Al alargar la vida de las patentes, el CETA provocaría un aumento del precio de los medicamentos, de las semillas, de productos culturales y de la investigación.
  • Con el CETA nuestra privacidad y nuestros datos se convertirán en una mercancía .
  • El nivel de competencia que impone el CETA expulsaría del mercado a agricultores, pequeños empresarios y profesionales, transformando nuestra alimentación, los procesos de producción, las compras públicas e impidiendo el desarrollo sostenible.
  • El CETA impedirá la aplicación de políticas destinadas a la consecución del pleno empleo y la estabilidad de precios, ya que una mayor liberalización de los mercados financieros hará que las economías sean más vulnerables a las crisis financieras.
  • Informes independientes sobre los impactos económicos de la aplicación del CETA predice que se perderán puestos de trabajo tanto en la Unión Europea como en Canadá, y que las ganancias generadas por este modelo de comercio serán sobre todo para los propietarios del capital, con el consiguiente aumento de la desigualdad.
  • Con el CETA se legaliza un sistema de justicia paralela exclusivo para que las multinacionales puedan defender sus beneficios demandando a los gobiernos, llamado ICS.
  • El CETA consolidará la influencia de los grupos de presión empresariales (lobbies) en la elaboración de las políticas públicas, a través de su participación en los órganos de toma de decisión, lo que perjudicaría la adopción de políticas de interés público.

Por todo esto y mucho más, el sábado 21 de enero de 2017 a las 19h saldremos, desde la plaza María Agustina de Castelló de la Plana, a manifestar nuestro rechazo al CETA, y a reivindicar un modelo basado en la economía local, justa y sostenible.


¡STOP CETA! ¡STOP TiSA! ¡STOP TTIP!


17 de maig del 2016

El TTIP EN TRES PALABRAS.









Gonzalo Rodríguez Rodríguez
ATTAC-Galicia
Prof. Del Dpto. De Economía Aplicada de la USC.




 
El TTIP (al igual que tratados similares como el CETA o el TISA) suele presentarse como un tratado de libre comercio que pretende eliminar barreras comerciales a través de la reducción de aranceles y, sobre todo, de la armonización reglamentaria. La música suena preciosa, la letra de la canción incluye libertad y armonía, que a todos nos alegran el espíritu, y el estribillo habla de creación de puestos de trabajo y riqueza. El problema es que los promotores de este acuerdo no entienden por ninguna de las palabras que acabo de citar lo mismo que usted y que yo. Examinémoslas una por una, empezando por la más sonora de todas ellas:

¿Libre?

Pues depende para quien. Una de las cosas que se requieren para la existencia de libertad es la posibilidad de una toma de posición informada sobre los asuntos que nos afectan. Esta posibilidad se nos niega como consumidores y, lo que es más importante, como ciudadanos. Se nos niega en primer lugar por que por todos los medios se trató de impedir la llegada de información a la ciudadanía sobre los términos de las negociaciones. Tuvimos que descubrir a través de Wikileaks y de otras filtraciones que era lo que se estaba negociando. Es más, a día de hoy, cuando los eurodiputados que en los próximos meses tendrán la responsabilidad de votar  a favor o en contra del acuerdo, quieren acceder a los textos relativos al tratado, han de hacerlo bajo unas condiciones indignas: no todos los diputados pueden acceder a ellos, solo los miembros de algunas comisiones cuyas competencias están afectadas por el acuerdo, han de firmar una cláusula de confidencialidad, solo pueden leerlo en una sala de lectura específica a la que acceden acompañados de un vigilante y no les permiten llevar cámara, teléfono o, incluso, bolígrafo propio. Y, lo más pavero, tienen que pedir por anticipado que partes quieren leer, cuando no existe certeza de que contenidos existen.

En el caso de España, tanto los grandes partidos, como los principales medios de comunicación evitaron durante meses a tratar el tema. La máxima expresión de esta omertá se alcanzó durante campaña de las europeas, cuando resultaba un asunto absolutamente central y no formó parte del debate. Solo ahora, ante el creciente rechazo ciudadano derivado de la información sacada a la  luz por los movimientos sociales, se ven en el deber de replicar las críticas (y a la exigencia de la Defensora del Pueblo Europeo) por una parte liberando partes de los textos de negociación, por otra,mediante campañas propagandísticas.

No acaba ahí la cosa. El tratado incorpora cláusulas para que aquellos temas que no puedan resolverse durante la negociación puedan ser acordados por una comisión sin ser aprobados por ningún organismo democrático. Una perfecta coladera para que todos aquellos temas espinosos o que preocupan a la opinión pública puedan ser introducidos por la puerta de atrás en el futuro.

Tampoco cómo consumidores vamos a disfrutar de mayor soberanía. Sirva de ejemplo el caso de los transgénicos. Este tipo de organismos modificados son considerados por la legislación norteamericana equivalentes a los convencionales y, por tanto, y a diferencia de Europa, no tienen que ser etiquetados de modo diferenciado. De este modo se substrae también la libertad de elegir sí se quiere o no consumir estos productos.

¿Barreras?


Cuando uno escucha hablar de barreras al comercio internacional piensa en lo que tradicionalmente se ha considerado como tales: contingentes, aranceles y trabas administrativas. Podría añadirse incluso las subvenciones. Todo este tipo de elementos han sido discutidos reiteradamente en el ámbito de las alternativas de política económica que pivotan entre el fomento de la industria nacional y  la apertura a los mercados exteriores. En el marco de los tratados de libre comercio el alcance va mucho más allá, de modo que ya no es la normativa que afecta a las importaciones la que se considera una barrera, sino todo tipo de normativa que limite la iniciativa empresarial (en este caso la extranjera), incluyendo normativas laborales, ambientales, sociales, urbanísticas o de cualquier otro tipo. Un mero planeamiento urbanístico podría considerarse “expropiación reglamentaria” y, por tanto, obligar a una indemnización en el marco del ISDS (mecanismo de resolución de disputas entre inversores y estado) que constituye uno de los elementos centrales de este tipo de tratados.

Una muestra de esta concepción es la denuncia contra la regulación europea sobre transgénicos que los EE.UU. presentaron ante la Organización Mundial de Comercio en 2004 alegando que constituía un “obstáculo al comercio”. Ciertamente las garantías para la preservación de la salud del medio natural y de las personas que establece la normativa europea están frenando la penetración de productos potencialmente dañinos y en cuyo mercado las empresas norteamericanas son líderes. Del mimo modo que frena la importación de productos químicos peligrosos la normativa REACH. No en vano ambas forman parte del conjunto de barreras para las que los negociadores norteamericanos exigen un salvoconducto.

El papel del ISDS a la hora de “liberar” el comercio y la inversión de condicionantes reglamentarios viene siendo el de un martillo pilón. En teoría este mecanismo fue creado para proteger las inversiones de la empresas (occidentales) en países en vías de desarrollo cuyos sistemas legales podrían carecer de garantías suficientes y, de ahí que puentee los supuestamente poco fiables tribunales nacionales.

¿Podemos pensar que la situación mejore con esta alternativa? Hay varias razones para pensar que no, particularmente por que carece de los incentivos y mecanismos de control adecuados. En primer lugar, los tribunales están formados por abogados corporativistas pertenecientes a grandes bufetes internacionales a los que se designa en los roles de juez , fiscal y defensor, cobrando unos honorarios que pueden alcanzar los 1000 dólares por hora y abogado. Un pleito de estas características puede llegar a costar entre 8 y 30 millones de dólares. Pero todo este negocio no existiría sí las empresas habían carecido de incentivos para demandar. Efectivamente, en aproximadamente el 60% de los casos la empresa gana, es decir, el estado paga una indemnización y/o cambia las normas en beneficio de las empresas. En definitiva, la definición del tribunal provoca que se demande no tanto para proteger los intereses empresariales, sino más bien estrategia de negocio.

Además, en este tipo de tribunales no existe posibilidad de apelación de los dictámenes, negándose así un mecanismo de perfeccionamiento de la justicia y garantía contra la arbitrariedad. De hecho, incluso muchos de los laudos son secretos.

Llegados aquí es justo hacernos una pregunta, ¿podemos acaso pensar que los tribunales ordinarios de Europa y los EE.UU. son particularmente lesivos con los intereses empresariales? Y respuesta no ofrece dudas, no es seguridad jurídica lo que se pretende, sino ventaja jurídica. De hecho el principal peligro del ISDS es que juzga los casos solo en función de los términos establecidos en el tratado correspondiente. Consecuentemente las normativas nacionales en materia laboral, ambiental, social o de cualquier otro tipo no son vinculantes. Todo lo que no esté recogido en el tratado no existe. Y mientras los temas relativos a comercio es inversión son tratados minuciosamente, temas como el medio ambiente ocupan a penas folio y medio en el TTIP.

Debido a las críticas que este sistema está recibiendo, la Comisaria de Comercio de la Unión Europea ha propuesto una modificación, el denominado Sistema de Tribunal de Inversiones, que sí bien introduce la posibilidad de recurso y la creación de tribunales profesionales (en un plazo no especificado), sigue sin resolver problemas fundamentales, como el hecho de que solo las empresas pueden demandar, discrimina a empresas nacionales y ciudadanía frente a inversores extranjeros, sobre todo, sigue sin reconocer la normativa nacional o europea.

Queda un detalle, no precisamente menor, que es que este tipo de tratados reconoce el derecho de las empresas extranjeras a ser indemnizadas no solo por expropiaciones directas (lo cual ya está recogido en las normativas estatales), sino también por cualquier expropiación indirecta, es decir, por lucro cesante debido a la actividad reglamentaria pública. Sirva de ejemplo la demanda de la multinacional francesa Veolia, empresa concesionaria del servicio de gestión del residuos urbanos en el Cairo, contra el gobierno egipcio por la subida de los salarios de acuerdo a la inflación. O la demanda de la sueca Vattenfall, que opera dos plantas nucleares en Alemania, por la decisión de este país de abandonar progresivamente producción de energía nuclear.

Por cierto , ¿Si realmente lo que le preocupa es proteger sus inversiones por que simplemente no contratan un seguro de los que a tal efecto ofrece el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones del Banco Mundial?

¿Armónico?


La Comisión Europea señala que la pretensión final es que los reguladores europeos y norteamericanos colaboren más estrechamente. Asimismo sostienen que el grado de seguridad y calidad de la normativa es similar. Dos ejemplos típicamente esgrimidos de las ventajas de la armonización reglamentaria son el caso de los intermitentes de los vehículos (rojo en los EE.UU. y amarillo en Europa) o el caso de la exportación de ostras europeas, ya que la legislación Norteamérica exige que se analice la salubridad del agua donde se cultiva y la europea, en cambio, que se analice el propio producto, ofreciendo ambos métodos resultados similares. Naturalmente no tenemos nada en contra de la resolución de estas diferencias, tampoco consideramos que hagan falta grandes alforjas para ese viaje.

La realidad es que en aras de la armonización legislativa podría acceder al mercado europeo carne lavada con cloro. Práctica que permite reducir controles sanitarios, alargar la vida de los productos y, en definitiva, maximizar el beneficio la costa de introducir lejía en la dieta. Lo mismo cabe decir del tema del uso de antibióticos en la ganadería, dada a mucho más permisiva norma estadounidense, que facilita su uso masivamente no solo con fines preventivos, sino también para estimular el crecimiento de los animales. Alcanzaría incluso aspectos como las denominaciones de origen, que los norteamericanos consideran competencia desleal, de modo que reclaman que productos elaborados en los EE.UU. puedan comercializarse en Europa bajo marcas comerciales que indiquen vino de Oporto, queso roquefort o Rioja.

Pero hay más. El TTIP se configura como un tratado vivo, un proceso de negociación permanente, que se articularía a través del Consejo de Armonización Reglamentaria. En este órgano tendrían asiento en igualdad de condiciones los representantes de las partes negociadoras (Comisión europea y Gobierno de los EE.UU) y representantes de las multinacionales que, de este modo, tendrían la facultad  de participar en la elaboración de regulaciones, modificar leyes ya existentes, paralizar procesos legislativos y hacerlo además, antes de que los parlamentos nacionales puedan intervenir. Implica que asuntos espinosos o controvertidos podrían ser canalizados a través de esta comisión, de modo que dejarían de estar sometidos a control democrático y escrutinio ciudadano.

Una última pregunta.

En definitiva, se trata de un tratado con un objetivo simple, incrementar la productividad de las multinacionales a costa de reducir a exigencias ambientales, sociales, laborales, sanitarias, etc. No está nada claro que vaya a crear riqueza adicional, antes al contrario es probable que destruya oportunidades de las generaciones futuras, pero lo que es seguro que provocará una distribución aún más injusta de la existente.

Las sociedades humanas comercian desde hace 9.000 o 10.000 años, es decir, desde que empezó a haber excedentes agrícolas y descubrieron que mediante el intercambio podían obtener cosas de las que carecían a cambio de otras que les sobraban, alcanzando de este modo un mayor bienestar. Ni es esto lo que se cuestiona, ni es esto lo que motiva los tratados de libre comercio. Por lo contrario, bajo la aparente bondad e incluso candidez de la propaganda del TTIP se esconde una profunda transformación de las instituciones que implica una merma de nuestras libertades y calidad de vida, la supeditación de lo público a lo mercantil y de la democracia al proceso de acumulación de las multinacionales. La cuestión definitiva es ¿qué vamos a hacer para pararlo?